Perspectiva Feminista

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Un espacio de debate, lectura, formación

martes, 24 de enero de 2012

Mario vuelve a Malvinas

El 18 de marzo se correrá la “Standard Chattered Stanley Marathon” en las Islas Malvinas, en la que participarán 120 atletas, y por primera vez, ente ellos, ex combatientes de la Argentina e Inglaterra. La maratón “Corre por una razón” está fiscalizada por la Asociación Internacional de Maratones y la Federación Internacional de Atletismo. Mario Puente, un ex combatiente entrerriano y genuino un luchador de la vida, se prepara para la prueba: un homenaje a sus compañeros y un acontecimiento especialísimo para todxs nosotrxs.

El evento se enmarca en el 30º aniversario del conflicto bélico y además, en un momento particular en la historia del reclamo por la soberanía argentina, respaldado como pocas veces por los países latinoamericanos que en sintonía con nuestro país, no admiten en sus puertos barcos con la bandera de las islas. La negativa del gobierno británico, desoyendo incontables resoluciones de la ONU, del Comité de Descolonización y hasta al Departamento de Estado norteamericano - que dio a conocer un comunicado importantísimo hace pocos días reclamando el inicio de conversaciones bilaterales-, desentona en un nuevo contexto. Argentina no está sola, plantea medidas de índole económica para presionar a Londres y, ante la comunidad internacional toda, la acusación a nuestro país de “colonialista” por parte de David Cameron, resulta un papelón diplomático.

Mario Puente volverá así, al lugar donde combatió cuando integraba el Batallón 2º de Infantería de marina en 1982 y él tenía apenas 18 años . Dijo en la entrevista publicada en Tiempo Argentino: “Nunca volví. No quería, además porque había que sacar pasaporte en Chile, pero con el tiempo fui viendo que varios veteranos que conozco han vuelto a Malvinas y pudieron cerrar varias heridas.”

Los maratonistas deberán recorrer un circuito de algo más de 42 kilómetros, que los profesionales hacen en cerca de tres horas: saliendo de Puerto Argentino, atraviesa el aeródromo y pasa por Sappers Hill, uno de los sitios donde se libraron las batallas más cruentas de la guerra. A Mario lo asistirá otro veterano, su primo Norberto Aguirre, quien lo acompañará durante el trayecto en bicicleta, para proveerle agua o abrigo. Puente ha podido costear la estadía en las islas pero necesita ayuda para afrontar el gasto del pasaje y del seguro exigido por la organización.

El entrerriano manifestó que la maratón para la cual se está preparando hace tiempo, es un homenaje a los compañeros caídos, pero además, una gran superación personal. En la década del noventa sufrió un accidente gravísimo en el cual sufrió graves lesiones, fue operado 60 veces y casi no vuelve a caminar.Las quemaduras que en su momento lo desfiguraron laceraron más de diez años después, un cuerpo que había atravesado el infierno de la guerra.

“Fueron años muy duros. Yo pensaba: superé Malvinas, tengo que superar esto. Lo más duro fue enfrentarse a la sociedad. Al principio estaba desfigurado, la gente se daba vuelta, decían ‘ese hombre parece un monstruo’. Es duro.” Pasó, como tantos otros soldados, por varias batallas personales además de Malvinas. Habla del regreso “por la puerta de atrás”. Se arriesgó a incontables operaciones tras su accidente de trabajo y se esforzó, apoyado por su esposa y sus cuatro hijos, para sobrevivir.

Superar Malvinas, conseguir trabajo, recuperarse de su terrible accidente, volver a caminar, correr, lograr el estado físico y el entrenamiento necesario para poder participar de esta maratón, habla de la fuerza de Mario y de la importancia simbólica, - no solo para él, sino, creo, para todxs lxs que no nos olvidamos de nuestro pasado reciente y doloroso-, de su participación en este evento.

Es importante que las autoridades, organizaciones sociales, nosotrxs, apoyemos a Mario Puente antes del 9 de marzo con los fondos que necesita.

Y como él, apostar a hacernos cargo de nuestra historia, de nuestras deudas de memoria, y apuntalar la recuperación responsable y madura de nuestras islas. Mario está seguro de que es un buen momento.

sábado, 21 de enero de 2012

MALVINAS: CLARÍN Y EL DERECHO A LA INFORMACIÓN VERAZ

A esta altura de los acontecimientos en relación al tema de la soberanía argentina sobre Malvinas y las manifestaciones internacionales de apoyo a la instancia de negociación diplomática a la que Gran Bretaña se rehúsa, resulta groseramente falaz y malintencionada la manera en que Clarín titula la noticia en la edición de hoy:



El comunicado del Departamento de Estado dice:



“Take no position regarding sovereignty” significa que EEUU no toma posición con respecto al tema de la soberanía, y no que no habla de soberanía.

El embajador argentino en EEUU Jorge Argüello, señaló a Télam ayer que el comunicado difundido por el Departamento de Estado respecto al conflicto es muy positivo porque: “En primer lugar plantea claramente que se trata de una disputa bilateral entre Argentina y Reino Unido y en segundo lugar reconoce que se trata de una disputa de soberanía”. “Dos elementos éstos – aclaró-que son negados por el Reino Unido”

O mandamos a marzo a lxs periodistas y editores que no pueden hacer una correcta comprensión de texto, o nos volvemos a sorprender:hasta en este tema tan sensible, siguen mintiendo y vulnerando el derecho a la información.

Recordemos: el derecho de la información es una concepción jurídica nacida en el siglo XX que se basa en la letra de la Declaración de los Derechos Humanos, aprobada en París el 10 de diciembre de 1948. Su art. 19 dice: “toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones y el de difundirlas sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

Guarda relación estrecha con otros principios considerados como inherentes a la personalidad del hombre, como la libertad de opinión, de expresión y de prensa. La introducción del Derecho a la información como derecho positivo en la Argentina se realiza a través del Pacto de San José de Costa Rica que se aprobó por ley 23.054 en 1984.

Son contenidos del derecho a la información, en relación con el informado:

- Derecho a recibir informaciones u opiniones.
- Derecho a seleccionar los medios y la información a recibir
- Derecho a ser informado verazmente
- Derecho a preservar la honra y la intimidad
- Derecho a requerir la imposición de responsabilidades legales
- Derecho a rectificación o respuesta.

Y en relación al informador:

El derecho sustantivo que se reconoce es el derecho a expresarse sin ser censurado explícita o implícitamente. El Pacto de San José de Costa Rica reconoce todo tipo de expresión, sea periodística, educativa, artística o humorística. Tampoco hace distinciones del medio utilizado para la transmisión de ideas, ni de los mecanismos utilizados para la censura. Resultan actos de censura tanto las prohibiciones de artistas o comunicadores, los levantamientos de programas, las amenazas que tienden a la autocensura o las listas negras (“censura directa”). Podría considerarse “censura indirecta” el monopolio u oligopolio de papel para diarios, el levantamiento de órdenes de publicidad la distribución descompensada de publicidad oficial como forma de castigo a los medios, la doble o triple imposición sobre la actividad de la prensa, entre otros.

El derecho a expresarse conforma o traduce en el derecho a difundir informaciones u opiniones sin censura. Del mismo modo, el derecho a la información está destinado a garantizar la plena posibilidad de investigación e indagación de fuentes, más aun cuando son públicas. Se puede señalar también como elemento integrante del derecho a la información la facultad de contar con los elementos suficientes para el ejercicio de tal derecho.El derecho de difundir por cualquier medio implica también el derecho a acceder a ellos. El derecho a rectificación o respuesta sería una forma efectiva de ejercer la libertad de prensa por el ciudadano común.

jueves, 19 de enero de 2012

Y quién escucha a una niña?

Tras la indebida y criminal judicialización del caso de la niña de tan sólo 11 años, violada y embarazada, las vergonzosas declaraciones del Ministro de Salud de la Provincia de Entre Ríos Hugo Cettour, una exposición pública innecesaria y que la revictimiza, la madre ha decidido retirar el pedido de aborto no punible.
Desde la Campaña por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito se advierte: "es evidente el abuso de poder por parte del juez Raúl Tomaselli, también de los médicos que intervinieron con pericias médicas e informes sobre la supuesta viabilidad del embarazo en la niña".
Conders (Consorcio Nacional de Derechos Reproductivos y Sexuales), entidad que monitorea las políticas públicas, recibió la confirmación de la decisión de la madre de la niña cuando salía de una reunión con el ministro de Salud de Entre Ríos, Hugo Cettour. También participaron "Mujeres Tramando" y representantes de la Facultad de Trabajo Social de la Universidad Nacional de Entre Ríos.

Cettour había manifestado que dado que la niña ya menstruaba, estaba en condiciones de llevar el embarazo adelante, lo que desnudó sin tapujos el prejuicio de género del titular de la cartera, área clave en lo que hace al cumplimiento de las leyes que tienen que ver con la salud reproductiva.
Entre todas las voces que se alzaron en repudio a los dichos de Cettour y a la intromisión judicial, hoy Raúl Zaffaroni, Ministro de la Corte de Justicia, escribió en Página/12 que: "Los incisos del Código Penal no requieren autorización judicial para el aborto no punible. Ninguna exminete del Código Penal puede requerir una autorización previa judicial." Además, recordó la definición de salud de la ONU: " es un estado de equilibrio psicofísico" y por lo tanto, "pocas dudas caben, por ejemplo, de que el riesgo de que la gestante caiga en una psicosis es un riesgo gravísimo para la salud."

Después de haber expresado su opinión ultramontana, Cettour se reunió con la familia de la chiquita y las organmizaciones para decir que ratificaba sus dichos y que "respetaría la decisión de la justicia", mientras el tiempo que transcurre agrava la situación de la víctima.

El reclamo de las organizaciones : que se capacite al personal de salud sobre derechos sexuales y reproductivos, ya que el caso de esta nena nunca tendría que haber llegado a la justicia y fue un médico el que mandó a la familia a hacer la denuncia. Además, se le insistió al Ministro "que se tengan en cuenta los aspectos correctivos, porque sino se siguen violando derechos".

Todo caerá en saco roto, seguramente.

Ya la madre retiró el pedido y apareció un padrastro que se sumó a todos los que están decidiendo sobre una vida que importa menos que otras, mucho menos que las que ante estas situaciones de abuso, tienen el derecho en condiciones de seguridad y privacidad, a la interrupción del embarazo.

La corporación médica se protege, el Ministro y los jueces cuidan sus relaciones con la Iglesia, y todo sigue como siempre, gracias a la hipocresía.

Doble moral que ampara el negocio del aborto clandestino, además...

Me gustaría saber cómo duermen de noche, si las caritas de las otras niñas y jóvenes a quienes les ha pasado algo similar, y que por su decisión pueden morir o han muerto, quién sabe, no se les aparecen.

Si hay objeciones de conciencia, no pueden trabajar en el hospital público que debe garantizar la salud de las mujeres y ninxs.

Si el Ministro de Salud no está aggiornado en las leyes vigentes, no puede aplicar las políticas que se destinan a brindar asesoramiento, preservativos y métodos anticonceptivos, ni el cuidado integral de la salud de la población. La violencia institucional es violencia contra mujeres y niñas, Señor Ministro.

Diría que es una vergüenza, pero me quedo corta. No puedo dejar de sentir un dolor punzante de impotencia por esa niña, que "quería volver a ser como antes", esa niña a quien nadie escucha, esa niña a quien el poder le está arrebatando la vida...

martes, 17 de enero de 2012

Rascando un poco en el caso Martins, la trata y el comercio sexual

“Cuando se habla de trata para explotación sexual, el énfasis se pone en la coacción directa y en la no voluntariedad de la situación. A partir del siglo XVIII, las diversas acepciones de la palabra trata (“trata de esclavos”, “trata de negros”, “trata de blancas”) mantuvieron un núcleo común: el modo violento – física o militarmente violento- mediante el cual determinadas poblaciones o personas eran forzadas a incorporarse como mano de obra esclava a los centros productivos del capitalismo temprano. Desde este punto de vista, la trata de personas ( en todas sus acepciones) fue y es aún, un mecanismo violento para proveer de trabajo esclavo a determinados nichos económicos que no pueden abastecerse de otro modo”.

María Inés Pacecca, en “Se trata de nosotras”, Las Juanas Editoras,2008


En las últimas dos semanas, la denuncia de Lorena Martins contra su padre, acusándolo de promover y facilitar la prostitución, trata de personas (art. 2 y 4 de la Ley 26.394), cohecho y tráfico de influencias, tráfico de estupefacientes, entre otros delitos, ha impactado desde los medios que le han dado espacio e importancia – mientras otros, protegiendo a cómplices presuntos, silencian la cuestión- y nos ha permitido visibilizar con mayor detenimiento el sinuoso actuar de la Justicia.
Si bien la sociedad sabe, conoce o intuye la existencia de la explotación de mujeres, la vista gorda de las autoridades que deberían actuar en consecuencia, es necesaria la concurrencia de todos estos factores para poder penalizar : pruebas, testimonios. Un caso concreto que permita señalar fehacientemente que tal funcionario, tal traficante de mujeres, tal local, tal agencia de control, tal comisaría, recibe las ganancias – directa o indirectamente- de este negocio perverso que, a nivel global, compite en volumen con la venta de armas o el tráfico de drogas.

Ahora bien, mientras la justicia local – después de caer la causa en el Juzgado de Norberto Oyarbide, amigo de Raúl Martins, quien está de vacaciones y por lo cual, el juez subrogante la citó a declarar en el día de hoy - se apresta a accionar, el titular de la Unidad Fiscal de Atención a los Secuestros Extorsivos (Ufase), Marcelo Colombo dispuso custodia de Gendarmería para Lorena y además, solicitó al Ministerio de Seguridad de la Nación la apertura de un sumario administrativo, número 465-21-12, para investigar la eventual participación del comisario Galli y los titulares actuales de las comisarías acusadas de percibir montos de 35.000 –pesos o dólares, no se sabe aún- mensuales a cambio de protección a los prostíbulos. Otra investigación pendiente es la de las coimas percibidas por la Agencia de Control dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Cuando se realizaron el año pasado allanamientos en locales a pedido de la Jueza María Servini de Cubría, los hombres de Martins, alertados previamente, lograron estar preparados. En cambio, en otros casos se logró irrumpir imprevistamente con los hombres de la Gendarmería y de la Prefectura a las órdenes de la Ministra Garré en varios locales cuyos dueños tenían retenidos los documentos de las chicas. Así fue posible procesar por trata de personas a los dueños de Kit Kats, Keops y Classic Airish Pub (Kiss). La diferencia: en la última investigación se trabajó en combinación con la Ufase.
Lorena Martins tiene una lista de nombres y montos. Y además, está pendiente de declarar – en un juzgado cuyo titular no tenga vínculos con quien es objeto de investigación- la mujer llamada “Carla”, quien fue llevada a Cancún con otras chicas, engañada y reducida a la esclavitud por el hombre en quien confiara y para quien trabajaba como bailarina en sus boliches, desde el 2002. Los testimonios en televisión son tremendos. Ella logró regresar a la Argentina y escapar a su situación gracias a una interna y al gesto de quien fuera el abogado de Martins en ese momento. Y ha tenido el valor de hablar, de exponerse, de pelear con el miedo para denunciar este horror, pensando también en todas las chicas, sus compañeras de infortunio, que siguen cautivas y peor aún, suelen ser obligadas a prestar declaraciones falsas para encubrir su infierno por amenazas a sus familias – lejos y que tal vez piensan que ellas están bien, trabajando dignamente – o porque han sido “quebradas” por completo.
La resonancia del término "quebrar" es escalofriante. Martins es un ex agente de la SIDE.

“Carla” describió la red de encubrimiento y protección en México. ¿Cómo y a quién pedir ayuda, si los participantes de las fiestas a las que era llevada eran, precisamente, los funcionarios estatales que trabajan en la protección de lxs ciudadanxs? ¿Cómo denunciar si no se tiene en quién confiar?
No puede investigarse seriamente si se tienen vínculos con los investigados.

El aporte de una testigo, víctima del accionar mafioso constitutivo de la trata de personas en todo el mundo, consistente en la captación por engaño, el traslado que pone distancia con el medio y los lazos sociales de la víctima, la acogida y finalmente, la explotación, es clave para probar ante los estrados judiciales estos delitos.

“El concepto de trata de personas es a la vez antiguo y novedoso. Antiguo, porque las acciones que comprende (la trata) son constitutivas de todas las modalidades de esclavitud-legítimas o prohibidas- que ha conocido la humanidad; y novedoso, porque la comunidad internacional ha acordado en el año 2000 una definición que, si bien es perfectible, incluye una amplia gama de acciones, medios y fines de explotación”.

El Protocolo de Palermo (para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas) es el instrumento jurídico de rango internacional que en su artículo 3 inc. a, define como “trata de personas” la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.
Se agrega en el inciso b que: el consentimiento dado por la víctima de la trata de personas a toda forma de explotación intencional descrita en el apartado a) del presente artículo no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en dicho apartado;
c) La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de un niño con fines de explotación se considerará "trata de personas" incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios enunciados en el apartado a) del presente artículo;
d) Por "niño" se entenderá toda persona menor de 18 años.


Nuestra ley nacional contra la trata, Nro. 26. 634, promulgada en julio de 2011, el mismo día en que se decretara la prohibición de los avisos de oferta sexual (el rubro 59), es un instrumento legal esencial en la lucha contra esta actividad. Pero presenta la problemática figura del consentimiento. Diferencia a las víctimas mayores de las menores de 18 años por lo cual, en el primer caso se deberá demostrar que hubo algún método de coerción para que se configure el hecho ilícito.

Este punto de la norma debe ser modificado en vistas de la vulnerabilidad de quienes son captadas por lxs explotadores, debido a una desigualdad que sufre en función de la pobreza o la falta de acceso a bienes esenciales, una falencia afectiva, y sobre todas las cosas, la desigualdad de base, la de género.

Pensemos a partir de este caso concreto: ¿qué es lo que hace posible hoy, la existencia de una clientela?
Pacceca señala que si bien la prostitución masculina se ha extendido, y que en determinado momento podría llegar a estructurarse con los mismos mecanismos de la trata ya descriptos, las estadísticas señalan abrumadoramente la predilección por la explotación sexual de los cuerpos femeninos. Y por esto es que, así como en la trata de esclavos el componente racial era central, en el caso de la explotación sexual, el género es estructurante.

Hemos naturalizado a lo largo de siglos el comercio sexual. “El comercio sexual es un fugaz acto donde un varón hace uso de una mujer sin que ello genere obligación o deuda entre familias o grupos de origen.”

En este blog se trató la reglamentación -en la Buenos Aires de 1870-, de las “casas de tolerancia”, en procura de prevenir – consintiendo la explotación de mujeres- el caos social que presuntamente se desataría a causa de un deseo sexual masculino –fisiológico- incontrolable; ese deseo que no podía satisfacer el tipo de vínculo prescripto, además, por las costumbres de la época con las mujeres con las cuales se contraía matrimonio. Existe abundante literatura sobre las organizaciones mafiosas como la Zwi Migdal, que engañaban a jóvenes de la Europa Central para traerlas a estas costas y eran reducidas a la esclavitud, separadas de su ambiente, sin conocer el idioma, que eran vendidas como objetos a otros proxenetas.

El argumento del siglo XIX era el deseo sexual masculino, decíamos. Pero en la actualidad, con el cambio de costumbres y las libertades ampliadas en lo sexual, ¿qué es lo que justifica el comercio sexual sino un deseo social de dominación?

La tesis que María Inés Pacecca desarrolla se vincula con el recurso discursivo con el cual el movimiento de mujeres se propone señalar esta responsabilidad del cliente : nombrarlo como "prostituyente", y se sostiene en el análisis de las distintas formas en las cuales se sigue perpetuando la prostitución femenina y la trata, en un capítulo extraordinario de un libro que vale la pena leer(Para conseguir "Se trata de nosotras", hay que contactarse por correo electrónico: lasjuanasrosario@gmail.com , por T.E 155 07 04 32 )

Para no quedarnos en lo anecdótico o en la cuestión de la violencia sin llegar a plantearnos el ansia de dominio que motoriza la trata con fines de explotación sexual, es imprescindible que mujeres y varones nos hagamos estas preguntas.

Las leyes son expresiones de cambios culturales: ahora se presentan como intolerables costumbres que nos han acompañado durante siglos, con sus diversas inflexiones de acuerdo al lugar y a la época. Que se sancione y que las leyes dejen fuera del ámbito de la legalidad a alguien como Martins, que pueda juzgarse y encarcelar a un policía que no sólo recibe sobres del proxeneta sino que recibe los servicios de las víctimas a quienes debería rescatar, habla de un límite a esta metodología machista y violenta. Las mujeres hemos luchado, y paulatinamente, más y más varones han luchado con nosotras, por desnaturalizar esta manera de disciplinamiento que pasa por nuestros cuerpos, nuestras conductas sociales, nuestras relaciones afectivas, que han sido estructuradas quizás desde siempre por un dominio violento que pone a varones en un rol de dominador y a las mujeres en el rol del sometimiento. De esta manera, el caso Martins no será una anécdota que quede en el nivel de lo policial o judicial, sino una oportunidad de indagar las formas sutiles y permanentemente mudables de la dominación de género que nos apresa en una desigualdad funesta, origen de múltiples violencias e injusticias.

miércoles, 11 de enero de 2012

Impunidades

Silvia Suppo fue asesinada el 29 de marzo de 2009, presuntamente asaltada por dos jóvenes que tras robarle unos 200 pesos, la mataron de nueve puñaladas. Su testimonio fue capital en juicios de lesa humanidad. Como el de Julio López. La causa por el asesinato fue tramitada por el juez de instrucción penal de los tribunales provinciales de Rafaela, Alejandro Mognaschi, quien determinó que los autores del crimen fueron Rodolfo Cóceres y Rodrigo Sosa, dos cuidacoches, que permanecen detenidos.

Posteriormente, se investigaba en otra línea, con las posibles conexiones del crimen con represores de la última dictadura. Pero el 30 de diciembre pasado, el juez federal de Santa Fe Reinaldo Rodríguez, dispuso el sobreseimiento de Miguel Angel Mendoza y Emiliano Martín Rodríguez, denunciados por un testigo de identidad reservada que declaró que el primero de ellos había encargado la muerte de Suppo y que el segundo había oficiado como campana.

Resoluciones al filo del año, que muestran la sensibilidad de ciertos magistrados hacia los torturadores y asesinos. No es cuestión de hacerles pasar las fiestas detrás de las rejas, no?

Pero como seguimos jodiendo con los derechos humanos y la justicia, salta la térmica de organizaciones, militantes, gente común, indignadxs, y al enterarse - días más tarde - organizan manifestaciones en las calles de Rafaela contra el magistrado federal y el sobreseimiento para estos sospechados.

Ayer, a más de diez días de la resolución, se marchó en reclamo de justicia y una investigación seria, porque ésta, a casi tres años del asesinato todavía impune que constituye un amedrentamiento a otrxs testigos y a una sociedad que tiene demasiado por esclarecer y esclarecerse, aún está pendiente.

“Seguimos sosteniendo que lo que tiene que existir es una investigación a la altura de las circunstancias que hasta el momento no se ha dado. Cuestionamos la decisión del juez Rodríguez porque creemos que con una diligencia bastante superficial se ha dedicado a establecer la situación procesal de estos dos implicados por el testigo encubierto más que a determinar quién cometió el asesinato de mi madre, material e intelectual", afirmó a Página 12 Andrés Destefani, uno de los dos hijos de la víctima, en la manifestación organizada por familiares, amigxs y organizaciones de DDHH como el Espacio Verdad y Justicia por Silvia Suppo.

El comunicado de repudio expresa que “la decisión del juez paranaense Roberto López Arango y los conjueces santafesinos, Carlos Renna y Andrea Alberto de Creus, de otorgar a partir del 29 de diciembre pasado el beneficio de salidas transitorias quincenales al ex juez federal Víctor Brusa, al ex policía Eduardo Curro Ramos y a la ex guardiacárcel María Eva Aebi, condenados a entre 19 y 22 años de prisión por delitos de lesa humanidad, es un beneficio inusitado para cualquier persona condenada, y que resulta especialmente inaceptable para los responsables de los delitos más graves que se han cometido en el país. Recordemos que el testimonio de Silvia Suppo fue fundamental para enviar a la cárcel a estos represores, en el año 2009”.

“Todo esto reafirma lo que venimos sosteniendo desde un inicio: Silvia Suppo fue asesinada por razones políticas y sus asesinos viven impunes gracias a la connivencia de policías, jueces y civiles. Confirma que las estructuras represivas aún no fueron desmanteladas. Esto es un atropello a las víctimas, sus familiares, compañeros y a toda la sociedad.”


Las salidas benefician a los mismos represores que acusó Silvia Suppo cuando fue testigo y querellante en los juicios contra el ex juez federal Víctor Brusa, y en el que se investigó la desaparición de su compañero, Reinaldo Hammeter, secuestrado el 25 de enero de 1977 en la catedral de Rafaela. Algunos de los acusados en ésta última causa,residían en Rafaela hasta el momento de la muerte de Suppo, quien fue atacada en su comercio a plena luz del día, ubicado a pocas cuadras de la Jefatura de Policía. En el tiempo en el que testificaba, la familia observaba la presencia de personas con actitud desafiante frente al negocio en el que finalmente sería asesinada esta valiente mujer,madre de dos hijos, quien seguramente habrá tenido sus razones para no entrar el Programa de Protección a Testigos del Ministerio de Justicia de Santa Fe, como se le ofreció en su momento.

Justamente, a casi tres años del crimen, y frente a estas decisiones judiciales por lo menos polémicas, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe solicitó al Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esa provincia que “se tomen medidas restrictivas” en relación con las salidas transitorias concedidas a Víctor Brusa, Eduardo Ramos y María Eva Aebi, condenados por delitos de lesa humanidad que tuvo también como imputados a Juan Calixto Perizotti, Héctor Colombini, María Eva Aebi, Mario Facino y Eduardo Ramos,sentenciados a de 19 a 21 años de prisión por los delitos de privación ilegítima de la libertad y tormentos.

El secretario de Derechos Humanos de Santa Fe, Horacio Coutaz, presentó un escrito en el que manifiesta al tribunal que “es público y notorio que Brusa, Ramos y Aebi fueron condenados por la comisión de gravísimos delitos de lesa humanidad”,imputaciones sobre las que “no debe soslayarse que se cometieron como parte de un plan de ataque generalizado en contra de la población civil, donde se cercenaron garantías individuales y donde se utilizó el aparato estatal para su comisión, encubrimiento y el mantenimiento de impunidad para los perpetradores, situación que se mantuvo durante 30 años”.

Encubrimiento, silencio, permiso para continuar haciendo lo inadmisible. Lo dice Andrés ;“Es de mucha perversidad dejar libres a Brusa, Aebi y Ramos, ya que algún sobreviviente puede encontrarlos por la calle.”

Tan tremendamente simple como eso. Esto sucede todavia, no ha pasado. Lo repetimos para quienes dicen que están cansadxs de oír hablar de la represión...impunidades, de eso se trata, por eso se descubre a un tratante de mujeres instalado en México, ex agente de la SIDE, protegido por policías y funcionarios tan mafiosos como él, gracias que, quien lo sepulta con su denuncia es su propia hija.

Y esta es la necesidad imperiosa de limpiar de cómplices la justicia, las fuerzas de seguridad, la administración pública. El Estado debe cumplir con la función de proteger los derechos de la ciudadanía, y si quienes representan algún poder público está implicado en la continuidad de los crímenes que significa avalarlos, silenciarlos, encubrirlos, hay una perversidad que es insostenible con nuestra democracia. Esa es la empecinada distinción que debemos hacer todxs entre lo que es el terrorismo de Estado y un estado de derecho.

Habrá que insistir, y mucho.

Justicia para Silvia Suppo y basta de impunidad.